Padrón de Inspecciones

Inspección de comercio ambulante

Homoclave:

ICOMINF/MJS/DG/003

Nombre:

Inspección de comercio ambulante

Sujeto obligado responsable de la aplicación:

Dirección de Gobierno

Unidad Administrativa responsable:

Dirección de Gobierno

Tipo:

Vigilancia

Palabra clave:

Inspección a comercio ambulante

Periodicidad:

No aplica

Objetivo general:

Que cuenten con documentación legal del giro mercantil establecido

Tiene modalidades de inspección :

Si 

Modalidad en caso de haber seleccionado "Si":

Inspección y vigilancia 

Identificar y justificar si las inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias son sujetas para todas o algunas de sus modalidades a suspensión:

Todas son sujetas de suspensión 

Justificar qué motiva la suspensión:

La omisión por falta de documentación reglamentaria 

Especificar qué motiva la inspeccion, verificación o visita domiciliaria:

Cumplimiento a la normatividad  

Bien, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria::

Lugares

A quién se dirige la inspección o visita :

Lugares o establecimientos donde se desarrolla la actividad o se presta el servicio  

Sector económico de mayor incidencia :

Ciudadanía en general 

Subsector económico de mayor incidencia :

Comerciantes en la vía pública 

Fundamento jurídico de la existencia de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

reglamento de comercio en la via publica, articulos 1,2,18,19,20,22,25 y 32 

Derechos del sujeto regulado:

Uso de la voz, exhibir medios probatorios, señalar testigos y protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos. 

Nombre de la regulación:

reglamento de comercio en la via publica, articulo 32 

Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado:

Permitir el acceso a la autoridad administrativa y dar facilidades e informes en el desarrollo de la visita. 

Nombre de la regulación:

reglamento de comercio en la via publica, articulo 32, articulo 87 Bis, y la ley de procedimientos administartivos del estado de qro. 

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Clausura temporal o permanente, parcial o total. 

Nombre de la regulación:

reglamento de comercio en la via publica, articulo 34  

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador:

Estar provisto de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente. 

Nombre de la regulación:

articulo 88 Bis, ley de procedimientos administrativos del estado 

Requisitos o documentos que necesita presentar el particular:

Licencia de funcionamiento municipal o permiso temporal para ejercer el comercio en la via publica 

Nombre de la regulación:

Reglamento de comercio en la via publica de jalpan de serra Qro. articulo 13 

Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado:

Reglamento de comercio en la vía pública de Jalpan de Serra Qro. 

Especificar si el inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No 

Registro de Regulaciones

¿Se avisa o comunica con antelación al sujeto regulado?:

No se notifica

Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

  1. Se solicita la presencia del visitado como responsable del negocio
  2. Se le pide la documentación del establecimiento
  3. Se identifica el inspector
  4. Se revisa la documentación
  5. Se levanta el acta de inspección de acuerdo a lo verificado

Tiempo aproximado de inspección, verificación o visita domiciliaria:

De 30 min a 1 hora

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria:

  • Luis Alberto Hernández Suárez
  • Samuel Hernández Hernández

Número de inspecciones o visitas realizadas el año anterior:

5

Número de sanciones emitidas el año anterior:

5

Autoridad facultada para realizar inspecciones:

Dirección de Gobierno 

Contacto de la Autoridad facultada para inspeccionar:

Lic. José San Matías Palacios Vega
Director de Gobierno

direcciondegobierno_jalpan@hotmail.com
441 296 0243, 441 296 0285. Ext. 104

Autoridad facultada para recibir quejas y denuncias:

Órgano Interno de Control

Contacto de la Autoridad facultada para recibir quejas y denuncias:

C.P. Ma. del Rosio Elías Velázquez
Titular del Órgano Interno de Control

Tels. 441 296 0243, 441 296 0285 ext. 130
Lunes a viernes de 8:00 a 15:30 hrs.

Calle Independencia No. 12
Col. Centro, Jalpan de Serra, Qro. C.P. 76340