Información general
Homoclave:
ICOMINF/MJS/DG/003
Nombre:
Inspección de comercio ambulante
Sujeto obligado responsable de la aplicación:
Dirección de Gobierno
Unidad Administrativa responsable:
Dirección de Gobierno
Tipo:
Vigilancia
Palabra clave:
Inspección a comercio ambulante
Periodicidad:
No aplica
Objetivo general:
Que cuenten con documentación legal del giro mercantil establecido
Tiene modalidades de inspección :
Si
Modalidad en caso de haber seleccionado "Si":
Inspección y vigilancia
Identificar y justificar si las inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias son sujetas para todas o algunas de sus modalidades a suspensión:
Todas son sujetas de suspensión
Justificar qué motiva la suspensión:
La omisión por falta de documentación reglamentaria
Especificar qué motiva la inspeccion, verificación o visita domiciliaria:
Cumplimiento a la normatividad
Bien, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria::
Lugares
A quién se dirige la inspección o visita :
Lugares o establecimientos donde se desarrolla la actividad o se presta el servicio
Sector económico de mayor incidencia :
Ciudadanía en general
Subsector económico de mayor incidencia :
Comerciantes en la vía pública
Información jurídica
Fundamento jurídico de la existencia de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
reglamento de comercio en la via publica, articulos 1,2,18,19,20,22,25 y 32
Derechos del sujeto regulado:
Uso de la voz, exhibir medios probatorios, señalar testigos y protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.
Nombre de la regulación:
reglamento de comercio en la via publica, articulo 32
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Permitir el acceso a la autoridad administrativa y dar facilidades e informes en el desarrollo de la visita.
Nombre de la regulación:
reglamento de comercio en la via publica, articulo 32, articulo 87 Bis, y la ley de procedimientos administartivos del estado de qro.
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Clausura temporal o permanente, parcial o total.
Nombre de la regulación:
reglamento de comercio en la via publica, articulo 34
Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador:
Estar provisto de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente.
Nombre de la regulación:
articulo 88 Bis, ley de procedimientos administrativos del estado
Requisitos o documentos que necesita presentar el particular:
Licencia de funcionamiento municipal o permiso temporal para ejercer el comercio en la via publica
Nombre de la regulación:
Reglamento de comercio en la via publica de jalpan de serra Qro. articulo 13
Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Reglamento de comercio en la vía pública de Jalpan de Serra Qro.
Especificar si el inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:
No
Registro de Regulaciones¿Cómo se realiza?
¿Se avisa o comunica con antelación al sujeto regulado?:
No se notifica
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:
- Se solicita la presencia del visitado como responsable del negocio
- Se le pide la documentación del establecimiento
- Se identifica el inspector
- Se revisa la documentación
- Se levanta el acta de inspección de acuerdo a lo verificado
Tiempo aproximado de inspección, verificación o visita domiciliaria:
De 30 min a 1 hora
Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria:
- Luis Alberto Hernández Suárez
- Samuel Hernández Hernández
Estadísticas
Número de inspecciones o visitas realizadas el año anterior:
5
Número de sanciones emitidas el año anterior:
5
Autoridades competentes
Autoridad facultada para realizar inspecciones:
Dirección de Gobierno
Contacto de la Autoridad facultada para inspeccionar:
Lic. José San Matías Palacios Vega
Director de Gobierno
direcciondegobierno_jalpan@hotmail.com
441 296 0243, 441 296 0285. Ext. 104
Quejas y denuncias
Autoridad facultada para recibir quejas y denuncias:
Órgano Interno de Control
Contacto de la Autoridad facultada para recibir quejas y denuncias:
C.P. Ma. del Rosio Elías Velázquez
Titular del Órgano Interno de Control
Tels. 441 296 0243, 441 296 0285 ext. 130
Lunes a viernes de 8:00 a 15:30 hrs.
Calle Independencia No. 12
Col. Centro, Jalpan de Serra, Qro. C.P. 76340