Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro

Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:

I.
El Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, según corresponda
Fecha de actualización: 22/10/2026
II.
El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
Fecha de actualización: 15/10/2026
III.
El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las descripciones superficiales
Fecha de actualización: 22/10/2026
IV.
El nombre, denominación o razón social y número del registro federal de los contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales
Fecha de actualización: 22/10/2026
V.
Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del nombramiento y las sanciones que se les hubieran aplicado
Fecha de actualización: 22/10/2026
No Aplica
VI.
Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los cambios de uso de suelo y licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales
Fecha de actualización: 22/10/2026
VII.
Las disposiciones administrativas que emitan, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia
Fecha de actualización: 22/10/2026
VIII.
El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los Ayuntamientos
Fecha de actualización: 22/10/2026
IX.
Las actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos
Fecha de actualización: 22/10/2026

 

 

Artículo 102. Cada área del sujeto obligado elaborará un índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema:

Índice de expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema
Fecha de actualización: 09/01/2023